
Comprar tranquil@ lo que te gusta, no lo que te entra
La Ley de Talles 27.521, aprobada en noviembre de 2019 por la Cámara de Diputados de la Nación, todavía no está reglamentada.
Esa ley ordena que haya un Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria, llamado por su sigla SUNITI.
¿Qué propone?
Confeccionar, comercializar e importar ropa con estándares de medidas que se desprendan de los cuerpos de l@s argentino@s.
A esa investigación la viene realizando el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), con estudios antropométricos sobre personas desde los 12 años que viven en nuestro país, pero todavía no ha finalizado.
Objetivos:




Por eso:



Sin embargo, la Ley de Talles todavía no está reglamentada y, por lo tanto, no se aplica.
En 2007, la Municipalidad de la Ciudad de Córdoba sancionó la ordenanza 11402, que dispone que los fabricantes de prendas para mujeres adolescentes deberán confeccionarlas en todos los talles de manera tal que cubran sus medidas antropométricas. A juzgar por la realidad con que se encuentran las adolescentes, no existe control sobre la ordenanza para que se cumpla. Además, el problema no afecta únicamente a las adolescentes.
A esto se suma que la provincia de Córdoba tiene, desde 2015, una Ley de Talles que nunca se puso en práctica.
Recordemos que el acceso a la vestimenta es un derecho.
Trabajamos con el propósito de que las personas acepten y vivan con un cuerpo real, NO en la búsqueda de un cuerpo ideal e INCOMPATIBLE con la SALUD.
Afirmamos la necesidad de que las personas vivan sus cuerpos con libertad y placer, dos factores indispensables de la salud integral.
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